Las empresas, obligadas por ley a proteger a los denunciantes de ilegalidades y corrupción

Las empresas, obligadas por ley a proteger a los denunciantes de ilegalidades y corrupción

21 de abril 2023
“La Asociación de Empresas de Servicios, AESEC, muestra su
disconformidad por la que cualquier persona puede realizar una denuncia
anónima y solicita el cambio en la Ley de protección al denunciante.
Son muchas las obligaciones que ya recaen en las empresas, entre ellas una
nueva, el canal de denuncias, es por ello que desde AESEC, se pronuncian en
contra de esta nueva ley donde cualquier persona puede realizar una
denuncia anónima.”
El 13 de marzo de 2023 entró en vigor en España la Ley de protección al
denunciante, la cual obliga las empresas a disponer de un canal de
denuncias interno para el equipo, para las empresas con más de 50
empleados expresamente.
Cualquier conducta que pueda infringir la normaƟva de riesgos laborales,
comprometer la seguridad y salud de los empleados, así como el
incumplimiento de los procedimientos de la empresa y de los códigos éƟcos
podrá ser denunciada.
Las empresas Ɵenen los siguientes plazos para implementar el canal de
denuncias obligatorio:
Las empresas con 250 o más trabajadores, tendrán 3 meses para hacerlo
desde el momento en que la ley de protección del denunciante entre en
vigor.
Las empresas de 50 a 249 trabajadores tendrán hasta el 1 de diciembre de
2023 para implementar el canal de denuncias.
** Requisitos **
El principal requisito exigido por la norma es la máxima protección para
todo alertador de una infracción en la empresa. La dirección de cada
compañía designará a un responsable de la gesƟón del canal de denuncias
que deberá desarrollar sus funciones de forma independiente respecto del
resto de los órganos de la enƟdad.
Además, la ley exige que las enƟdades obligadas cuenten con un delegado
de protección de datos para garanƟzar el correcto tratamiento de la
información personal. Ante la obligación legal de mantener al informante
en el anonimato.
** Protección de datos **
La confidencialidad del sistema de información es la clave para proteger al
denunciante.
La ley dedica un ơtulo entero a la protección de datos personales para
regular la licitud de su tratamiento, el modo de informar a los interesados y
cómo pueden ejercer sus derechos.
** Hasta un millón de euros de sanción **
Gravedad. Las sanciones por incumplimiento de la ley que en breve se
aprobará irán desde leves, hasta graves y muy graves. Las empresas podrán
ser multadas con hasta un millón de euros por sanciones muy graves que
correspondan a infracciones como obstaculizar mediante contrato la
comunicación de una denuncia, adoptar represalias contra los informantes,
vulnerar el secreto de la información, carecer de un canal o sistema interno
para informar de las ilegalidades, etc.
Autoridad. El ejercicio de la potestad sancionadora corresponde a la
Autoridad Independiente de Protección del Informante (su presidente es
nombrado durante cinco años por el Ministerio de JusƟcia) y a los órganos
competentes de las comunidades autónomas sin perjuicio de las facultades
disciplinarias que en el ámbito interno de cada organización pudieran tener
los responsables del sistema interno de información.
Sector público. Las corporaciones de derecho público, parƟdos políƟcos,
sindicatos, etcétera, también deberán tener un canal de denuncias. Sin
embargo, los municipios de menos de 10.000 habitantes podrán comparƟr
el sistema interno de información y los recursos desƟnados a las
invesƟgaciones y las tramitaciones de ilegalidades.



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