El Gobierno aprueba la prestación por desempleo para autónomos y trabajadores afectados por un ERTE

El Gobierno aprueba la prestación por desempleo para autónomos y trabajadores afectados por un ERTE

El Gobierno ha aprobado este martes un Real Decreto-ley que incluye nuevas medidas económicas dentro del plan de choque para hacer frente a la pandemia del coronavirus, que ya ha dejado más de 500 fallecidos y más de 11.000 contagiados en España, y que contempla la concesión de la prestación por desempleo para autónomos y trabajadores afectados por un Expediente de Regulación Temporales de Empleo (ERTE), además de ayudas para las empresas.
En total, el Ejecutivo ha anunciado que movilizará 200.000 millones de euros, casi un 20 % del Producto Interior Bruto (PIB), de los que 117.000 millones procederán íntegramente del sector público y el restante se complementará con recursos privados.
La mayor parte de esta partida irá destinada a proteger el empleo y a las empresas. Así, se flexibilizará a las empresas la adopción de ERTEs por «fuerza mayor» si se han visto afectadas por motivo de salud pública, como cierre de centros, cancelación de actividades, restricciones a la movilidad de personas o mercancías o aislamientos para evitar contagios.
En estos casos, las empresas tendrán que remitir a la autoridad laboral un informe que explique las circunstancias que le han motivado y será resuelto por la autoridad laboral en un plazo máximo de siete días, agilizando así el proceso.
Todos aquellos trabajadores afectados por esta causa tendrán acceso a la protección por desempleo sin exigir periodo de carencia y su duración se extenderá hasta la finalización del período de suspensión del contrato de trabajo o de reducción temporal de la jornada.
En cuanto a la cuantía, será la resultante de computar el promedio de las bases de los últimos 180 días cotizados o, en su defecto, del período de tiempo inferior, inmediatamente anterior a la situación legal de desempleo. Asimismo, los periodos de la prestación consumidos durante esa suspensión no se contabilizarán como gastados.
Suspensión de cotizaciones
El Real Decreto-ley también incluye medidas relacionadas con la protección de pequeñas y medianas empresas (pymes) y autónomos, uno de los colectivos más afectados ya que componen el 99,8 % del tejido empresarial del país.
De esta manera, se flexibilizará el acceso a la prestación por cese de actividad de los autónomos y se eximirá del pago de cotizaciones a la Seguridad Social para aquellos autónomos que vayan al paro.
La cuantía de dicha prestación, que duraría un mes pero se podría prorrogar, se calculará con el 70 % de la base reguladora o con el 70 % de la base mínima cuando no se pueda acreditar el período mínimo de cotización para tener derecho a la prestación.
Los beneficiarios serán autónomos cuya actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 % en relación con el promedio de facturación del semestre anterior.
Ayuda a las empresas
El presidente del Gobierno también ha anunciado una línea de avales para las empresas con valor de hasta 100.000 millones que permitirá movilizar entre 150.000 y 200.000 millones en el sistema económico si se incorpora al sector privado, así como una línea de avales de 2.000 millones para empresas exportadoras con mecanismos ágiles.
El Real Decreto-ley también incluye medidas para facilitar la reestructuración de créditos a explotaciones agrarias afectadas por la sequía y programas de digitalización para que las pymes puedan implantar el teletrabajo.
También exonerará del pago de las cuotas a la Seguridad Social a las empresas que se acojan a ERTEs, lo cual permitirá abordar las cargas financieras y recuperar el empleo cuanto antes.
? Podéis extender la información a través del link – BOE – https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/18/pdfs/BOE-A-2020-3824.pdf



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